CLÁUSULAS ABUSIVAS: SUELO Y GASTOS
¿Es posible solicitar la devolución de los gastos de hipotecas y la nulidad de la cláusula suelo en hipotecas que ya fueron canceladas hace más de 5 años? En caso afirmativo, ¿se puede solicitar en el suplico que el banco formule de nuevo el cuadro de amortización eliminando la cláusula suelo?
Re: En cuanto a las cláusulas de gastos hipotecarios, el plazo de la acción de restitución comienza cuando el consumidor obtiene una sentencia firme que declara la nulidad de la cláusula de gastos por abusiva y tiene conocimiento preciso de que la cláusula de gastos en su contrato de préstamo es nula por abusiva, independientemente de la fecha del préstamo o de su liquidación, salvo que el banco demuestre que el consumidor conocía previamente el carácter abusivo de la cláusula.
Respecto a las cláusulas suelo, el hecho de que la hipoteca esté cancelada no impide que el consumidor pueda solicitar la nulidad y reclamar el reintegro correspondiente. Al igual que en el caso de las cláusulas de gastos, el principio de conocimiento por parte del consumidor del carácter abusivo de la cláusula determina el inicio del cómputo del plazo de prescripción de cinco años para ejercer la acción de reintegro.
Con la demanda se puede presentar un cuadro de amortización sin la cláusula suelo elaborado por el propio consumidor con el aval de un profesional o mediante un informe pericial que haga la misma operación. También es válido no aportar el cuadro de amortización y solicitar que el banco rehaga el cuadro sin la cláusula suelo.