Un matrimonio entre una española y un británico, celebrado e inscrito en España, se divorció en Londres en el 2022. ¿Para inscribir el divorcio en España que procedimiento hay que seguir?:
RE:
Desde el 31 de diciembre de 2020, Reino Unido ya no forma parte de la Unión Europea, lo que afecta la aplicación de los reglamentos europeos, incluyendo el Reglamento Bruselas I. Dado que no existe un convenio bilateral con Reino Unido, dependiendo de la fecha de inicio del proceso de divorcio, se aplicará el Reglamento CE 2201/2003 o los trámites de exequatur establecidos en los artículos 41 y siguientes de la Ley de Cooperación Jurídica Internacional en materia civil (LCJI). En este caso, por las fechas, se aplicará la Ley 29/2015 de Cooperación Jurídica Internacional.
La competencia para conocer las solicitudes de exequatur está fijada en el artículo 52 de la mencionada ley, que establece que los Juzgados de Primera Instancia del domicilio de la parte contra la que se solicita el reconocimiento o ejecución, o de la persona a quien se refieren los efectos de la resolución judicial extranjera, son competentes. Subsidiariamente, la competencia territorial se determinará por el lugar de ejecución o por el lugar en el que la resolución deba producir sus efectos, siendo competente, en último caso, el Juzgado de Primera Instancia ante el cual se interponga la demanda de exequatur. Los documentos necesarios para acompañar la solicitud están reflejados en el artículo 54.