EJECUCION HIPOTECARIA INICIADA POR EL PRESTAMISTA AUNQUE EL CREDITO HAY SIDO CEDIDO PERO LA CESION NO ESTE REGISTRADA EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD

De acuerdo con el Artículo 540 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) española, modificado en 2015, el cesionario de un crédito puede solicitar que el procedimiento de ejecución continúe a su favor como sucesor del acreedor ejecutante original. Para ello, el cesionario debe presentar prueba documental que acredite la cesión. Si el tribunal considera […]

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