El llamado “certificado verde” / «green card» es el término informal utilizado para referirse a un determinado documento de residencia. Se expide únicamente a ciudadanos de la Unión Europea (UE), del Espacio Económico Europeo (EEE) o de Suiza. También pueden obtenerlo los familiares, cónyuges o parejas registradas de dichos ciudadanos como prueba de su residencia.
Por simplicidad, a los grupos anteriores se les denominará aquí “ciudadanos europeos”. No obstante, esta definición no incluye a ciudadanos de países europeos que no formen parte de la UE o del EEE, salvo Suiza. Al final del texto se incluyen aclaraciones específicas para ciudadanos británicos.
El nombre oficial de este documento es Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión, a veces abreviado como CUE.
¿Necesita un NIE para obtener el certificado verde?
No es necesario obtener previamente un NIE (Número de Identidad de Extranjero). El procedimiento para obtener el certificado verde incluye la asignación del NIE.
No obstante, es posible que ya disponga de un NIE si lo solicitó anteriormente para otros trámites.
¿Qué es el certificado verde?
El certificado verde de residencia (CUE) se expide a ciudadanos europeos que se trasladan a vivir a España.
Los ciudadanos europeos pueden permanecer en España hasta tres meses sin registrarse como residentes. Si desean permanecer más tiempo o residir permanentemente, deben registrarse en la Oficina de Extranjería. Tras el registro se les expide el certificado de registro o certificado verde.
Este documento no sirve como documento de identidad, ya que no incluye fotografía. Es simplemente una prueba de residencia.
Sin embargo, será necesario presentarlo en muchos trámites oficiales en España. En estos casos normalmente también se deberá presentar el pasaporte o documento nacional de identidad del país de origen.
Ciudadanos europeos que pueden obtener residencia legal en España
Para residir legalmente en España, los ciudadanos europeos deben cumplir al menos una de las siguientes condiciones:
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Tener un contrato de trabajo en España (si es temporal, debe ser de al menos tres meses).
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Ser trabajador autónomo en España, dado de alta en la Seguridad Social.
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Ser estudiante en un centro educativo o universidad reconocidos en España.
Quienes no cumplan estas condiciones (por ejemplo, jubilados o personas que no necesitan trabajar) también pueden obtener la residencia si acreditan:
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medios económicos suficientes, y
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seguro médico.
Una vez registrados como residentes, los ciudadanos europeos suelen tener derecho a asistencia sanitaria pública, gratuita en el momento de uso.
Las personas con contrato de trabajo o dadas de alta como autónomos quedan cubiertas automáticamente por el sistema sanitario.
Dónde solicitar el certificado verde
Debe solicitar cita previa en la Oficina de Extranjería de la provincia donde resida, que normalmente se encuentra en comisarías de la Policía Nacional.
La cita debe realizarse personalmente.
Debe presentar:
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Pasaporte original o documento nacional de identidad. Si está caducado, prueba de que se ha solicitado renovación.
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Fotocopia del pasaporte o documento de identidad.
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Formulario EX-18 cumplimentado y firmado.
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Justificante de pago de la tasa correspondiente (modelo 790 código 012).
Según la situación económica o profesional del solicitante, se requerirán documentos adicionales. Si están en un idioma distinto del español, deberán acompañarse de traducción jurada.
Documentación adicional según la situación
Si trabaja por cuenta ajena
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Contrato de trabajo original.
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Si aún no ha comenzado a trabajar, una declaración del empleador confirmando el puesto.
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Certificado de la Seguridad Social que confirme el alta laboral, más copia.
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En algunos casos, consentimiento para verificar los datos.
Si es trabajador autónomo
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Certificado original de alta en la Seguridad Social como autónomo, más copia.
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Posible consentimiento para verificación de datos.
Si es estudiante
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Confirmación original de matrícula en un centro educativo o universidad en España, más copia.
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Puede aceptarse documentación del programa Erasmus.
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Justificante de ingresos y seguro médico (algunos programas académicos lo incluyen).
Si no trabaja (por ejemplo, jubilados)
Debe presentar:
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prueba de ingresos suficientes (extractos bancarios, pensiones, prestaciones, etc.)
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prueba de cobertura sanitaria.
Requisitos de ingresos
Debe acreditar ingresos superiores al umbral de las pensiones no contributivas en España.
Según los datos de 2024:
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7.250,60 € al año para una persona sola
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70 % adicional por cada miembro del hogar (5.075,42 €)
Ejemplos:
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1 persona: 7.250,60 €
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2 personas: 12.326,02 €
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3 personas: 17.401,44 €
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4 personas: 22.476,86 €
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Familias de 5 o más: añadir 5.075,42 € por persona adicional
Estos importes se aplican independientemente de la edad de los miembros del hogar.
Prueba de cobertura sanitaria
Si trabaja o es autónomo, tendrá cobertura automática del sistema sanitario público.
En otros casos deberá acreditar:
Seguro médico privado
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póliza en español o con traducción jurada
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cobertura completa en España
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sin límites monetarios por tratamiento
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se admiten franquicias si no superan 10 €.
Sistema sanitario del país de origen
Frecuente en jubilados o beneficiarios de pensiones transferibles.
Documentos aceptados:
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S1, E106, E109 o E121
Deben haberse emitido dentro de los tres meses anteriores a la cita.
Documentos sanitarios que no se aceptan
No sirven como prueba de cobertura sanitaria:
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seguro de viaje
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seguro médico de estudiante
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Tarjeta Sanitaria Europea (EHIC)
Cuánto tarda la expedición del certificado verde
A diferencia de la TIE para ciudadanos extracomunitarios, el certificado verde se expide normalmente el mismo día si la documentación está completa.
Si falta algún documento, se le podrá solicitar que vuelva con la documentación necesaria.
Duración del certificado verde
El primer certificado tiene una validez de cinco años.
Tras ese periodo se renueva y se obtiene un certificado permanente, que no caduca.
Si cambia de nombre o domicilio, deberá actualizar el certificado solicitando una nueva cita y presentando el justificante correspondiente (por ejemplo, certificado de empadronamiento reciente).
Ciudadanos británicos y el certificado verde
Los ciudadanos británicos que se trasladaron a España antes del 1 de febrero de 2021 (Brexit) pueden tener un certificado verde.
Podía emitirse:
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en formato A4, o
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en formato tarjeta tipo crédito.
España dejó de emitir estos certificados a ciudadanos británicos en 2020 y los sustituyó por la TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero).
Si su certificado verde tiene fecha de caducidad
Debe renovarlo al vencer. Recibirá una TIE, no otro certificado verde.
Si su certificado no tiene fecha de caducidad
Significa que ya fue reconocido como residente permanente (más de 5 años en España).
El certificado sigue siendo válido.
¿Es obligatorio cambiarlo por una TIE?
No. El cambio no es obligatorio, aunque muchas personas lo hacen por comodidad.
Viajar entre el Reino Unido y España con certificado verde
Para los ciudadanos británicos protegidos por el Acuerdo de Retirada UE-Reino Unido:
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el certificado verde sigue siendo prueba válida de residencia en España,
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no debería causar problemas al volver a España desde el Reino Unido.
Motivos
Derecho de residencia en España
El certificado acredita el derecho de residencia conforme al Acuerdo de Retirada.
Reentrada en España
Los ciudadanos británicos residentes no pueden ser tratados como turistas al regresar.
El sistema europeo de control de entradas y salidas (EES) no se aplica a residentes.
Puede haber controles manuales, pero no se puede denegar la entrada.
Viajes a otros países de la UE
Otros países de la UE pueden no reconocer el certificado verde como documento válido para entrar en su territorio.
Esto afecta a viajes a otros Estados miembros, no al regreso a España.