RESIDENCIA EN ESPAÑA: ¿COMO OBTENERLA?

RESIDENCIA EN ESPAÑA: ¿COMO OBTENERLA?

Esta guía explica los distintos tipos de permisos de residencia en España, quién puede solicitarlos, cómo se tramitan y cuáles son los documentos principales necesarios.


Residencia para ciudadanos de la Unión Europea

Si es ciudadano de la Unión Europea, obtener la residencia en España suele ser un procedimiento relativamente sencillo.

Paso 1. Empadronarse en el Ayuntamiento

Cuando llegue a España, el primer paso es registrarse en el ayuntamiento del lugar donde va a vivir. Este trámite se conoce como empadronamiento.

El empadronamiento es obligatorio para quienes permanecen en España más de tres meses y permite a las autoridades locales gestionar datos de población y servicios públicos.

Cómo empadronarse

  1. Localizar el ayuntamiento correspondiente a su domicilio.

  2. Preparar la documentación necesaria, que normalmente incluye:

    • pasaporte o documento nacional de identidad válido

    • formulario de solicitud (facilitado por el ayuntamiento)

    • justificante de domicilio (contrato de alquiler, escritura de propiedad, etc.)

  3. Presentar la solicitud en el ayuntamiento.

Una vez aprobado el trámite, recibirá un certificado de empadronamiento, que suele ser necesario para otros procedimientos oficiales, como:

  • solicitar la residencia

  • acceder al sistema sanitario

  • matricular a los hijos en la escuela.

Si cambia de domicilio o de datos personales, deberá actualizar su empadronamiento.


Paso 2. Solicitar el certificado de registro de ciudadano de la Unión

Los ciudadanos de la UE que permanezcan en España más de tres meses deben solicitar el certificado de registro de ciudadano de la Unión.

La solicitud se presenta en:

  • la Oficina de Extranjería, o

  • una Comisaría de Policía Nacional que tramite registros de ciudadanos comunitarios.

Documentación necesaria

  • Pasaporte o documento nacional de identidad válido

  • Formulario EX-18 cumplimentado y firmado

  • Prueba de empleo, actividad por cuenta propia o medios económicos suficientes

  • Seguro médico público o privado

Una vez aprobado, recibirá un certificado de registro que incluye:

  • nombre

  • domicilio

  • nacionalidad

  • NIE (Número de Identidad de Extranjero)

Este documento acredita su residencia legal en España.


Residencia para ciudadanos no pertenecientes a la UE

Para los ciudadanos de países no pertenecientes a la Unión Europea, el proceso implica más pasos y requisitos.


Paso 1. Solicitar un visado de larga duración

Antes de viajar a España, debe solicitar un visado de larga duración en el consulado o embajada de España en su país de origen.

Los tipos de visado más habituales son:

Visado de trabajo

Necesario si dispone de una oferta de empleo en España.

El empleador debe solicitar previamente un permiso de trabajo para el trabajador extranjero. Una vez concedido, se podrá solicitar el visado.

El visado suele tener una duración equivalente a la del contrato de trabajo.


Visado no lucrativo

Está pensado para personas con medios económicos suficientes, como jubilados, que desean residir en España sin trabajar.

Se debe acreditar:

  • ingresos o ahorros suficientes

  • seguro médico completo.

Este visado tiene una duración inicial de un año, renovable por periodos de dos años.


Visado de emprendedor

Dirigido a quienes desean crear una empresa o invertir en España.

Debe presentarse un plan de negocio que demuestre que el proyecto es innovador y que puede generar empleo.

El visado suele concederse por un año, con posibilidad de renovación si el proyecto continúa cumpliendo los requisitos.


Visado de reagrupación familiar

Permite a residentes legales en España traer a determinados familiares cercanos.

Debe demostrarse:

  • capacidad económica suficiente

  • vivienda adecuada para los familiares.

La duración del visado suele coincidir con la del permiso de residencia del reagrupante.


Paso 2. Empadronamiento en España

Una vez concedido el visado y tras llegar a España, debe empadronarse en el ayuntamiento, igual que los ciudadanos de la Unión Europea.


Paso 3. Solicitar la tarjeta de identidad de extranjero (TIE)

Dentro de los 30 días siguientes a su llegada a España, deberá solicitar la TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero).

La solicitud se presenta en:

  • la Oficina de Extranjería, o

  • una Comisaría de Policía Nacional.

Documentación necesaria

  • Pasaporte válido con el visado correspondiente

  • Formulario EX-17 cumplimentado y firmado

  • Justificante de pago de tasas (modelo 790 código 012)

  • Tres fotografías recientes tamaño carnet

  • Documentación adicional según el tipo de visado (contrato de trabajo, prueba de medios económicos, etc.)

Una vez aprobada la solicitud, recibirá su TIE, que acredita su residencia legal en España.

La duración de la tarjeta coincide normalmente con la del visado y puede renovarse.


Conclusión

Siguiendo estos pasos y reuniendo la documentación adecuada, es posible obtener la residencia en España tanto si se es ciudadano de la Unión Europea como si se procede de un país tercero.

Es recomendable mantenerse informado sobre posibles cambios en la normativa y en los requisitos administrativos aplicables.

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